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EPISODE · Nov 29, 2021 · 28 MIN

Constitución Española Título II: De la Corona

from Oposiciones Policía Nacional · host Malone y Peralta

Guardar en favoritos Profundizamos en el segundo título de la Constitución Española, que nos habla brevemente de la Corona en los artículos del 56 al 65. Veremos entre otras cuestiones, sus funciones, sucesión y organización de su Casa. El patrocinador del programa. Este podcasts está patrocinado por EC-oposiciones.com Si tenéis una prima, un hermano, vecina, o un cuñado que estudia oposiciones relacionadas con el mundo de la salud, puede interesare. Preparan entre otras cosas: Auxiliar de enfermeríaEnfermeríaMatronaSalud MentalTerapia Ocupacional Además, echadle un oído a este podcast, en el que hablan de cómo mejorar nuestra habilidad para resumir textos. ¡Muy importante para ganar tiempo! También podéis encontrarlo y seguirlo en Spotify: Preparación Oposiciones Sanidad A recordar El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación. (artículo 91 de la CE) Temario Tienes todos los contenidos archivados en temario de Escala Básica, y en el temario de Escala Ejecutiva. Tema del día Empezamos por el primer artículo, el número 56. Artículo 56 El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2. ¿Qué quiere decir que arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones? Con esto, la CE nos dice que es el que convoca y disuelve las Cortes Generales, convoca elecciones, nombra el Presidente del Gobierno, nombra a los miembros del Gobierno, nombra a los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo General del Poder Judicial… ¿Qué es la comunidad histórica? En Asia son las Filipinas, es Sudamérica, son algunos países de Centroamérica… ¿Qué son los actos refrendados? Cuando el Rey firma, a su lado siempre firma otra persona, que es la que asume la responsabilidad. Es lo que se llama el refrendo. Sin refrendo, los actos del Rey no son válidos. Este Refrendo son normalmente el Presidente de Gobierno y los Ministros. En algunos casos lo hace el Presidente del Congreso: para proponer candidato para ser votado como Presidente, para el nombramiento del candidato votado para Presidente de Gobierno. También en la Disolución y Convocatoria de disoluciones tras 2 meses en los que nadie consiga la confianza para ser Presidente. Dos excepciones que no necesitan refrendo. El Rey decide a quien quiera para la Casa del Rey. La distribución del presupuesto de la Casa del Rey. Artículo 57 La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don  Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica. Artículo 58 La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia. Artículo 59 Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. Artículo 60 Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política. Artículo 61 El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey. Artículo 62 Corresponde al Rey: a) Sancionar y promulgar las leyes. b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución. c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución. d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución. e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente. f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes. g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno. h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas. i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales. j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias. Artículo 63 El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz. ¿Cuáles son las principales funciones del Rey? Vienen recogidas en la CE y en las leyes: – Sancionar y promulgar las leyes, es decir, firmar las leyes y ordenar que se publiquen. – Disolver las Cortes Generales y convocarlas. – Propone a la persona candidata para la presidencia de Gobierno. – Nombramiento del presidente de Gobierno. – Nombramiento y cese de ministros a propuesta del presidente de Gobierno. – Expide los decretos del Consejo de Ministros. – Tiene poder de manifestarse en las relaciones internacionales y firma los Tratados Internacionales. Es el más alto representante Internacional. – Declara la guerra y declara la paz, con autorización de las Cortes. – Es Jefe de las Fuerzas Armadas. – Ejerce el Alto Patronazgo de las Reales Academias. – Tiene derecho de gracia. Ojo, están prohibidos los indultos generales. Siempre serán indultos particulares. Artículo 64 Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden. Artículo 65 El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. La entrada Constitución Española Título II: De la Corona se publicó primero en OPN Policía Nacional.

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El Siglo 21 es Hoy @LocutorCo Tecnología, ciencia y entretenimiento digital (no siempre en ese orden). Ganador del Premio Nacional de Periodismo CPB 2022 por el episodio "Carrera Espacial Latinoamericana". Y ganador de 2 premios Latin Podcast Awards. Conducido por Félix Riaño, este pódcast sobre tecnología y ciencia se distingue por su formato innovador de monólogo, donde ocasionalmente emerge el 'troll interior' del narrador. Este soliloquio creativo transforma la narración unipersonal de temas tecnológicos importantes en un diálogo explicativo, presentando dos opiniones contrastantes sobre cada tema. Esta técnica no solo enriquece el contenido, sino que también hace cada episodio más dinámico y atractivo, abordando temas de tecnología complejos pero con claridad y un toque de buen humor, apto para todo tipo de audiencias. <br Explicit El Verdadero Robo del Siglo Adonde Media El 13 de enero de 2006, un grupo de hombres armados entra a la sucursal del Banco Río de Acassuso, en Buenos Aires, Argentina. Rápidamente llega la policía, los rodea y los ladrones quedan atrincherados dentro del banco junto a 23 rehenes. A simple vista parecía ser un robo exprés que salió mal. Pero en realidad se trataba de uno de los robos más espectaculares de la historia. A lo largo de esta serie vamos a reconstruir todo lo que sucedió ese día. Mucho mitos se van a caer, y otros nuevos van a surgir, mas increíbles aún. Vamos a conocer cada detalle de la planificación del robo, su ejecución y la investigación que sucedió después. Y todo esto a través de las voces de sus protagonistas: policías, investigadores, periodistas, víctimas y ladrones. Muchos de ellos incluso es la primera vez que cuentan su experiencia. “Robo del siglo” es un título que se usó muchísimo a lo largo de la historia. En esta serie te voy a demostrar por qué este es El Verdadero Robo del Siglo. Una producció Explicit La Silla Vacía La Radio Asamblea Nacional Radio de la Asamblea Nacional del Ecuador visitamos en nuestra web Explicit Podcast Factum Factum APOYA A FACTUM: https://www.gofundme.com/f/apoya-a-factum Escucha lo que pasa en El Salvador. Noticias, entrevistas y análisis sobre la política nacional. Una producción de Factum. Explicit

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