EPISODE · Aug 6, 2025 · 12 MIN
Derecho al trato digno: Procede el daño punitivo contra un establecimiento bailable que impidió el ingreso a una consumidora por su aspecto físico
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Por Jorge Oscar RossiComentario al fallo D. M. J. c/ No lo Cases a Colón SRL s/ abreviadoDaño punitivo para disuadir el “vos no entrás” en los locales bailables-La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de Río Cuarto confirmó la condena a indemnizar el daño moral e hizo lugar a la aplicación de daño punitivo contra un proveedor que no dejó ingresar a la actora a un local bailable, sometiéndola a una espera innecesaria y vergonzosa frente a otros consumidores, lo que constituye una vulneración al derecho al trato digno previsto en el art. 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor.CVDoctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón). Abogado, egresado en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Profesor Titular de «Teoría General de las Obligaciones”, y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios» en la Universidad Abierta Interamericana. Arbitro del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) Publicista.
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Por Jorge Oscar Rossi Comentario al fallo D. M. J. c/ No lo Cases a Colón SRL s/ abreviado Daño punitivo para disuadir el “vos no entrás” en los locales bailables- La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de Río Cuarto confirmó la condena a indemnizar el daño moral e hizo lugar a la aplicación de daño punitivo contra un proveedor que no dejó ingresar a la actora a un local bailable, sometiéndola a una espera innecesaria y vergonzosa frente a otros ...
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