EPISODE · Nov 29, 2022 · 1H 12M
Diálogos en confianza (Salud) - Atención médica a la violencia de género (28/11/2022)
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¿Sabías que hay una norma mexicana para la atención de la Violencia Familiar, sexual y obstétrica contra las mujeres? Es la NOM-046 y todas las instituciones del sector público, social y privado que otorgan atención médica, están obligadas a su cumplimiento. La NOM 046 obliga a las instituciones del sector público, social y privado a otorgar atención medica en una situación de violencia familiar o sexual, a proveer orientación y consejería a las personas involucradas en situaciones de violencia familiar o sexual, para referirlos -cuando se requiera- a otros servicios, unidades médicas, instituciones y organismos con mayor capacidad de atención y en algunos casos a un refugio. También considera la atención en el diagnóstico médico con el fin de lograr precisión, dar continuidad del tratamiento, la rehabilitación, seguridad y protección, así como apoyo legal y psicológico para los cuales estén facultados. Además, por medio de esta obligación todas las instituciones de salud deberán también evaluar el riesgo en el cual se encuentran las mujeres y niñas y dar aviso al Ministerio Público para los efectos de procuración de justicia a que haya lugar. Así como registrar cada caso y notificarlo a la Secretaría de Salud.
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¿Sabías que hay una norma mexicana para la atención de la Violencia Familiar, sexual y obstétrica contra las mujeres? Es la NOM-046 y todas las instituciones del sector público, social y privado que otorgan atención médica, están obligadas a su cumplimiento. La NOM 046 obliga a las instituciones del sector público, social y privado a otorgar atención medica en una situación de violencia familiar o sexual, a proveer orientación y consejería a las personas involucradas en situaciones de violencia familiar o sexual, para referirlos -cuando se requiera- a otros servicios, unidades médicas, instituciones y organismos con mayor capacidad de atención y en algunos casos a un refugio. También considera la atención en el diagnóstico médico con el fin de lograr precisión, dar continuidad del tratamiento, la rehabilitación, seguridad y protección, así como apoyo legal y psicológico para los cuales estén facultados. Además, por medio de esta obligación todas las instituciones de salud deberán también evaluar el riesgo en el cual se encuentran las mujeres y niñas y dar aviso al Ministerio Público para los efectos de procuración de justicia a que haya lugar. Así como registrar cada caso y notificarlo a la Secretaría de Salud.
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