El ayuntamiento de Santa Cruz paralizará la tramitación de la parte del PGO que se había remitido a la COTMAC por graves episode artwork

EPISODE · Feb 1, 2014 · 41 MIN

El ayuntamiento de Santa Cruz paralizará la tramitación de la parte del PGO que se había remitido a la COTMAC por graves

from No a este PGOU de Santa Cruz de Tenerife

El ayuntamiento de Santa Cruz paralizará la tramitación de la parte del PGO que se había remitido a la COTMAC por graves irregularidades viernes, 31 de enero de 2014 "Intervención y Asesoría Jurídica del Ayuntamiento nos dan la razón en nuestra denuncia sobre los cheques de Las Teresitas" Audio de la rueda de prensa SB-Noticias.- Los abogados Felipe Campos y Antonio Espinosa, portavoces de la Plataforma contra este PGO, y el concejal de XTF, José Manuel Corrales, ofrecieron este viernes una rueda de prensa para denunciar nuevas y graves irregularidades en el PGO de Santa Cruz remitido a la COTMAC, e informar de que el propio Gobierno municipal confirman que XTF tenía razón en sus denuncias sobre los cheques que cobraron los funcionarios de la Gerencia de Urbanismo entre 1998 y 2005, por las horas extra que emplearon en realizar expedientes relacionados con la playa de Las Teresitas y a los trabajos de avance de la revisión del Plan General de Ordenación . Corrales explicó que hace unos tres meses ofrecieron una rueda de prensa para denunciar ante la opinión pública la existencia de unos cheques emitidos por el consistorio, que podían ser constitutivos de delitos, conferencia en la que decía que esos cheques demostraban (más allá del volumen económico que pudieran tener esas gratificaciones) que existía una trama en el Ayuntamiento, que urdió un plan con responsables políticos y con el objetivo fundamental de posibilitar que en el tema de Las Teresitas se comprara con dinero público lo que ya era público. Destaca que tres meses después de denunciar públicamente la existencia de estos cheques, el gobierno municipal y los servicios de la Intervención les dan la razón, puesto que ven delito penal en esa trama de cheques y añade que la información que publica La Opinión parte del propio Ayuntamiento, concretamente del alcalde Bermúdez, “él sabrá por qué lo ha hecho”. José Manuel Corrales explicó que tras esta evidencia, han arrancado el compromiso al gobierno municipal y en concreto al concejal de Urbanismo de que se paralice la tramitacion del PGO en la COTMAC para que se elabore un informe de valoración sobre los mismos. “Pediremos que ese informe de valoración de los errores sea visto y estudiado por el Consejo de la Gerencia de Urbanismo. Denuncia que mientras alguna la prensa ha tenido acceso a esa información, la oposición no ha tenido acceso a la misma y añade que ni Intervención, ni los servicios jurídicos tienen interés en que esa información salga de esa manera, publicada en la prensa; luego el gobierno municipal reconoce públicamente tres meses después que tenían razón en sus denuncias sobre los cheques. Consideran escandaloso y exigen explicaciones al Consistorio por el hecho de que los redactores de ese PGO se hayan llevado “calentio” casi 3.000 millones de las antiguas pesetas en redactar el plan, por dirigir las obras de Barranco de Santos y recuperar por una vía indirecta indemnizaciones por expropiaciones mal hechas debido a su mala gestión y tramitación.... En definitiva por coger el plan y tirarlo a la basura, puesto que el propio concejal Jose Angel Martin aseguró que el PGO se ha tenido que cambiarse prácticamente todo. Aseguran que lo que está en juego en este PGO es si salen beneficiados todos los vecinos de Santa cruz o los dos o tres empresarios privilegiados de siempre. “Algunos se han llevado más de 20.000 millones de pesetas, sin mover un ladrillo, sin arriesgar un céntimo, sin crear un puesto de trabajo, cuando buena parte de ese dinero es público”, dijo el concejal, quien insiste en que la operación especulativa de Las Teresitas es la demostración de lo mal que lo hizo la trama presuntamente corrupta que dirigió los temas urbanísticos en Santa Cruz. RELACIONADO La Opinión.- Los informes municipales ven ´delito penal´ en las propinas a funcionarios de Santa Cruz La asesoría jurídica y la Intervención creen que se pudo cometer "malversación y prevaricación" en los sobresueldos fuera de la nómina La asesoría jurídica y la Intervención municipal advierten en sus informes al equipo de Gobierno santacrucero de que las gratificaciones que cobraron los funcionarios de la Gerencia de Urbanismo entre 1998 y 2005, por las horas extra que emplearon en realizar tanto expedientes relacionados con la playa de Las Teresitas como a la conclusión de expedientes acumulados y a los trabajos de avance de la revisión del Plan General de Ordenación (PGO), podrían ser constitutivas de los delitos penales de malversación de fondos y prevaricación, así como delito disciplinario y contable. Así se explica en los documentos, a los que ha tenido acceso la opinión de tenerife. Por ello, recomiendan al Ayuntamiento que ponga en conocimiento de la Fiscalía el caso, una documentación que ya ha sido remitida por el Consistorio al Ministerio Fiscal , según confirmaron diversas fuentes municipales. Este periódico ya adelantaba en su edición del pasado 6 de noviembre que dos funcionarios de la Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz habían cobrado casi 22.000 euros en tres años por dedicar horas extra a la elaboración de expedientes relacionados con la playa de Las Teresitas y el PGO, entre otros trabajos. Esta documentación, aportada por el portavoz de Por Tenerife, José Manuel Corrales, y los abogados de la acusación popular del caso Las Teresitas, Felipe Campos y Antonio Espinosa, venía a demostrar que entre diciembre de 2001 y enero del 2005 se extendieron hasta 7 cheques por un valor total de 21.817 euros a favor de los aún funcionarios del Consistorio chicharrero Víctor Reyes y José Luis Roca Gironés, quienes en aquellos años ocupaban los cargos de secretario e interventor de Urbanismo, respectivamente. En aquel entonces, Corrales ya alertó de que los pagos de las horas extraordinarias a los funcionarios debían venir recogidos en la nómina del trabajador y aseguró que "estos nunca se efectúan mediante cheques aislados". Ante la existencia de dichos talones bancarios y debido a que "dichas compensaciones se producen a raíz de la solicitud de los beneficiarios, es decir, tenía que haber una resolución del responsable político diciendo que es necesaria la realización de esas horas por exceso de trabajo, se elabora el expediente, se justifica el cumplimiento de las horas y, posteriormente, se compensa", el portavoz de Por Tenerife anunciaba su intención de llevar este asunto a la Fiscalía Anticorrupción. Un día después de que saliera a la luz pública la existencia de dichas gratificaciones, el actual equipo de Gobierno –formado por Coalición Canaria y el PSOE– encargaba a sus servicios jurídicos que elaboraran un informe para determinar si estas compensaciones se realizaron o no conforme a la ley. Además, el edil nacionalista Dámaso Arteaga fue el encargado de desvelar, en la Comisión de Control celebrada el 7 de noviembre, que el número de cheques percibidos por los funcionarios durante el mandatos del exalcalde Miguel Zerolo se elevaba de 7 a 50. Según explicó Arteaga en aquella Comisión, "en aquella época era una práctica habitual, lo que no quita que vayamos a comprobar jurídicamente si ha habido irregularidades en la entrega de gratificaciones mediante cheque". "Nuestra intención es depurar responsabilidades internamente, en el caso de que las hubiera, y determinar si ha sido incorrecta esta práctica habitual en la Gerencia de Urbanismo", comentó en noviembre el concejal de Coalición. Investigación Más de dos meses después de darse a conocer que el cobro de gratificaciones fue una práctica habitual en la Gerencia, no sólo se han concluido los informes encargados a los servicios jurídicos y la Intervención, sino que el alcalde de Santa Cruz, José Manuel Bermúdez, firmó un decreto el pasado viernes para que ambos documentos fueran enviados a la Fiscalía Anticorrupción. En el informe elaborado por la asesoría jurídica se explica que para poder elaborar el documento se han analizado los "listados de gratificaciones y/o retribuciones abonadas por la Gerencia en el periodo comprendido entre 1998 y 2005 a personal laboral, personal funcionario propio de la Gerencia y personal funcionario municipal adscrito a la Gerencia". También se comenta que al personal funcionario se le abonaban "horas extra como complemento de actividad, gratificaciones por diversos conceptos –especial dedicación: trabajos de presupuestos y ordenanza o la especial y extraordinaria dedicación en el despacho de los expedientes acumulados–, a tanto alzado, gratificaciones por servicios extraordinarios con número de horas extra realizadas y productividad". Por su parte, al personal laboral se le pagó por "horas extra, cuantificadas y abonadas sin que existiera exceso de 80 horas, horas extra como complemento de actividad, con cuantificación de las horas, gratificaciones a tanto alzado y productividad". Tras explicar cuáles son las diferencias entre los funcionarios y el personal laboral de la Corporación local, así como las normas que se aplican a la hora de conceder gratificaciones por servicios extraordinarios, la retribución complementaria de productividad o pluses a estos trabajadores, se aclara que en el caso de los funcionarios municipales "las gratificaciones retribuyen unos concretos servicios prestados fuera de la jornada normal de trabajo conforme a la Normativa Interna del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Santa Cruz". "Los servicios extraordinarios han de ser ocasionales, pues los servicios ordinarios y no ocasionales que se prolonguen más allá de la jornada normal, se deben retribuir a través del complemento específico, por la especial dedicación", se destaca en el informe de la asesoría jurídica sobre las gratificaciones que se les conceden a los funcionarios municipales por realizar servicios extraordinarios. Además, el informe precisa que "es una retribución ocasional no consolidable" y que "le corresponde al pleno determinar en el presupuesto la cantidad destinada a la asignación de gratificaciones, dentro de los límites máximos". En cuanto a las normas que rigen la asignación de las retribuciones complementarias de productividad, en el documento se asegura que "es el complemento que tiene por objeto retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeña su trabajo". "Aún cuando tenga carácter subjetivo o individual, su cuantificación se debe efectuar en función de circunstancias objetivas relacionadas con el desempeño del puesto de trabajo y objetivos asignados al mismo", continua. "Las cantidades que percibe cada funcionario deben ser de conocimiento público, tanto para el resto de funcionarios como para los representantes sindicales", se explica en el informe de los servicios jurídicos. Sobre el personal laboral que trabaja en la Corporación, se aclara que su relación contractual está regulada por el Estatuto de los Trabajadores y "se establece que un plus de productividad con la finalidad de fomentar y compensar el interés e iniciativa en el trabajo, grado de cumplimiento de los objetivos programados, el nivel de eficacia, aprendizaje de nuevas tareas o métodos de trabajo y eficiencia". "Los trabajadores afectados percibirán por este concepto la cantidad de 150,25 euros mensuales, incrementándose anualmente de acuerdo con el porcentaje previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado", se explica. De la misma manera, el informe también entra a valorar la manera en la que los trabajadores municipales pueden percibir las retribuciones. En ese sentido, se afirma que "las entidades locales podrán dictar reglas especiales para el ingreso del producto de la recaudación de los recursos que podrán realizarse en las cajas de efectivo o en las entidades de crédito colaboradoras mediante efectivo, transferencias, cheques o cualquier otro medio de pago". Es decir, el hecho de que esos funcionarios cobraran mediante un cheque no constituye un delito. Valoración Pero la asesoría jurídica de Santa Cruz considera que "el abono de gratificaciones sin la debida justificación y motivación incumple frontalmente la normativa reguladora de tal retribución complementaria" y asegura que "no consta acreditada la documentación en virtud de la que se emite el informe, la realidad de los servicios extraordinarios efectivamente prestados fuera de la jornada laboral de trabajo ni la cuantificación de tal exceso de horas, vulnerándose la normativa interna prevista en cuanto a la base de cálculo que se establece en función del grupo, hora y día en que se realizan". En ese sentido, también se señala que existen resoluciones "por las que se reconocen gratificaciones a los funcionarios que no están debidamente fundadas en Derecho, limitándose a citar normas sobre la competencia del órgano y obviando totalmente las normas aplicables al abono de retribuciones complementarias a los funcionarios públicos". Asimismo, se destaca una resolución sobre la que se explica que "en ningún caso cabría sustituir por retribuciones las vacaciones" y porque "la fundamentación de la misma podría ser aplicable a una empresa privada pero nunca a una Administración Pública". "En lo que hace a los abonos en concepto de productividad, también se incumple la Normativa Interna de los Funcionarios del Ayuntamiento de Santa Cruz" y tampoco "tiene apoyo legal el denominado complemento de actividad", se recalca en el informe de los servicios jurídicos. "En cuanto a las retribuciones complementarias del personal laboral no tienen amparo en el convenio colectivo ni las gratificaciones a tanto alzado ni el complemento de actividad y, por otro lado, muchos de los abonos en concepto de productividad tampoco se ajustan a las previsiones del convenio", se especifica. Por todos estos motivos, los servicios jurídicos y la Intervención consideran que puede haber responsabilidad penal en la entrega de gratificaciones durante tres años en la Gerencia. "De la documentación analizada resultan hechos que podrían ser constitutivos de delito de malversación de fondos, tipificado en el artículo 432 del Código Penal, en concurso con un delito de prevaricación, tipificado en el artículo 404 del Código Penal, por lo que, aún cuando alguna de las conductas presuntamente constitutivas de delito podrían estar prescritas, procede dar cuenta al Ministerio Fiscal", se recomienda en el documento al equipo de Gobierno. Aparte de estos posibles delitos, en ambos informes se indica que podría haber responsabilidad disciplinaria: "Las presuntas faltas derivadas del periodo analizado podrían haber prescrito y entendemos que procede ampliar el objeto de la información reservada a las retribuciones abonadas hasta la actualidad". "Se podrían haber cometido las siguientes infracciones graves tipificadas en el artículo 59 de la Ley de la Función Pública Canaria: conductas constitutivas de delito doloso, intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna causa de abstención y la emisión de informes y la adopción de acuerdo manifiestamente ilegales cuando causen perjuicio a la Administración", se añade. También se alerta a los responsables políticos del Consistorio capitalino que podrían haber "responsabilidades contables". "De la documentación remitida resulta que por la Gerencia de Urbanismo, en el periodo 1998-2005, se abonaron reiterada y sistemáticamente retribuciones complementarias, tanto al personal funcionario como laboral, incumpliendo la normativa", concluye. Pagos al margen de la nómina En el informe elaborado por la Intervención municipal, un documento al que también ha tenido acceso la opinión de tenerife y que en el que se suscriben las conclusiones a las que llegaron los servicios jurídicos, se destaca que "los conceptos que se abonaban a los funcionarios se efectuaban, según la información a la que se ha tenido acceso, al margen de la nómina, realizándose a través de transferencia directa a cuenta bancaria o a través de cheques". A juicio del interventor, esta practica "es importante dado que la forma administrativa de abonar los conceptos por desempeño de trabajo, salvo de las indemnizaciones por comisión de servicios o por asistencia a órganos colegiados y tribunales de selección de personal, es a través de la nómina, que podemos definirla como un instrumento administrativo que permite, de manera ordenada, realizar el pago de sueldos a los trabajadores, así como proporcionar información contable y estadística, tanto para la empresa como para el ente encargando de regular las relaciones laborales". La Intervención coincide con los servicios jurídicos al señalar que el "abono de gratificaciones a tanto alzado y sin la debida justificación y motivación incumplen frontalmente la normativa reguladora de las retribuciones complementarias". "En efecto, no consta acreditada la realidad de los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo ni las cuantificaciones de tal exceso de horas", precisa. En cuanto al plus de productividad, se comenta en el documento de la Intervención que "no se estableció criterio objetivo alguno para su determinación ni cálculo". También se explica que "no procede el abono de concepto retributivo alguno al margen de la nómina dado que esta constituye el documento-fuente para registrar los gastos asociados con los salarios en cada periodo predeterminado y permiten también calcular los aportes patronales conforme a las regulaciones legales de la Seguridad Social, además de calcular las obligaciones de la empresa con el Estado y los institutos de la Seguridad Social, por efectos de las retenciones que la misma empresa hace a sus trabajadores y sus propios aportes patronales como consecuencia de la aplicación de la normativa legal vigente". http://www.sanborondon.info/component/option,com_frontpage/Itemid,1/ ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ El CENTRO DE LA CULTURA POPULAR CANARIA Se fundó el 15 de junio del año 1977, como resultado de la confluencia de un grupo de artistas, intelectuales y animadores sociales, que se concentraron inicialmente en la organización de actividades culturales por diversas localidades, fundamentalmente barrios marginados, que llevaban a cabo en estrecha colaboración con las asociaciones ciudadanas del lugar. Desde su fundación, el CCPC se define como un Movimiento Cultural Autónomo que tiene como objetivos fundamentales la potenciación de la Cultura en todos los rincones del Archipiélago y el desarrollo de la Cultura Canaria. En junio de 1980 el Centro de la Cultura Popular Canaria se dota de una estructura organizativa estable, constituyéndose como órgano de dirección una Coordinadora en la que están representados todos los Sectores Culturales y Departamentos que lo integran. Se emitirá asimismo una Declaración de Principios donde el CCPC se define Apartidista, Aconfesional y Democrático. Cinco años después se celebrará un congreso, en el que se aprueba el marco de trabajo, tanto desde el punto de vista ideológico como práctico. El CCPC entiende la Cultura, la cultura popular, como representación de aquellas actividades que han surgido de la propia realidad del pueblo, expresan sus intereses y se enmarcan en el proceso de construcción de su futuro. Se sitúa dentro de la concepción transformadora de la Animación Social, considerada como un instrumento útil para el logro de la Democracia Cultural, que pretende asegurar a cada uno (individuos y comunidades) los medios para que, en libertad, responsabilidad y autonomía, puedan desarrollar su Vida y definir su Futuro. La actividad del Centro de la Cultura Popular Canaria gira alrededor de los tres lemas que lo definen: • Ser del mundo desde aquí • Un compromiso con la Identidad Canaria • Un proyecto de Unidad de Canarias a través de la cultura ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ La Revista Digital San Borondón forma parte del proyecto "SAN BORONDÓN, Voz del Pueblo" que nace con el objetivo de constituirse en un nuevo espacio de comunicación entre todos los habitantes de Canarias que trabajan por un proyecto de futuro para nuestra tierra basado en el Desarrollo Sostenible, la Democracia Plena, la Justicia, la Solidaridad, la Cultura... En definitiva, una alternativa de futuro que considere al ser humano como el eje del Desarrollo. Será un espacio abierto a la palabra libre, al diálogo, al debate, a la intercomunicación, al conocimiento, a la identidad colectiva, a la potenciación y a la divulgación de la cultura... Desde la Dignidad y con el objetivo irrenunciable de construir entre todos esa otra Canarias posible. En los últimos años son millones las personas en todo el mundo que vienen aglutinándose con el fin de parar la irracionalidad que nos conduce a un futuro cada vez más incierto e inhumano.En toda Canarias somos, como ha quedado demostrado en las recientes movilizaciones, muchas decenas de miles de personas, de numerosos ámbitos y organizaciones. Personas que estamos seriamente preocupadas por el futuro de estas islas. "SAN BORONDÓN" quiere contribuir también a comunicar y a fortalecer ese movimiento ciudadano cada vez más comprometido con la auténtica Democracia Participativa, que viene oponiéndose con determinación al actual modelo de crecimiento, que pretende -en palabras de José Carlos Mauricio- "...convertir a Canarias en el Singapur del Atlántico Sur", y que muchos expertos catalogan como "desarrollismo irresponsable y especulador que está hipotecando el futuro de estas islas". Actualmente nuestro proyecto engloba Radio San Borondón, Club San Borondón, Sala San Borondón, Librería San Borondón/Identidad, Multitiendas Canarias y, finalmente, esta Revista Digital San Borondón. Esta aventura editorial tiene unos orígenes lejanos. Fue en el año 1985 cuando de la mano del Centro de la Cultura Popular Canaria (ver el apartado Quiénes Somos) vieron la luz 8 números de San Borondón escrita, cuyos objetivos eran divulgar la cultura canaria en general y en particular nuestra cultura popular, entendida ésta como la representación de aquellas actividades que han surgido de la propia realidad del pueblo, que expresan sus intereses y se enmarcan en el proceso de construcción de su futuro. San Borondón Digital se presenta hoy con el mismo espíritu de aquélla y sobre todo como un medio con una visión crítica y de denuncia de todos aquellos problemas que afecten a nuestra sociedad. Su prioridad será ofrecer la información más actualizada y completa, pero sobre todo libre y sin cortapisas. Será, en definitiva, un medio para permanecer siempre informado de la actualidad ya que se actualizará constantemente. Radio San Borondón Voz del pueblo Frecuencias de emisión en la banda de radio de FM. Puntos del dial: 98,2 MHz en Gran Canaria 92,1 MHz en Santa Cruz de Tenerife 92.0 MHz en La Laguna 96.0 MHz en el Norte de Tenerife Emisoras asociadas (FM). Radio Cadena Canaria, en Tenenerife: - Candelaria 99.3 MHz. - Güimar 107.0 MHz. -Radio Geneto, 107.5 MHz, en Tenerife

Episode metadata supplied by the publisher feed · Published Feb 1, 2014

Embed this episode

Ready to play

El ayuntamiento de Santa Cruz paralizará la tramitación de la parte del PGO que se había remitido a la COTMAC por graves

0:00 41:01

No transcript for this episode yet

We transcribe on demand. Request one and we'll notify you when it's ready — usually under 10 minutes.

No similar episodes found.

No similar podcasts found.

Frequently Asked Questions

How long is this episode of No a este PGOU de Santa Cruz de Tenerife?

This episode is 41 minutes long.

When was this No a este PGOU de Santa Cruz de Tenerife episode published?

This episode was published on February 1, 2014.

Can I download this No a este PGOU de Santa Cruz de Tenerife episode?

Yes. Use the download control on the episode player to save the publisher-provided media file.
URL copied to clipboard!