EPISODE · Feb 19, 2016 · 10 MIN
Gestores no son necesarios para tramitar pensión a adultos mayores
from Kóa Oiko
Así lo manifiesta Jorge Quintas, asesor de la Dirección del Adulto Mayor del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social refiriéndose la Ley 3728/09 que establece el pago de una pensión para adultos mayores en situación de pobreza, desde los 65 años. Las personas para beneficiarse de la normativa deben acudir en el municipio donde vive, ahí se registra para luego enviar sus documentos al Ministerio de Hacienda y esta cartera de estado incorpora el nombre del adulto mayor en el censo. El único documento que se presenta es la cedula de identidad. No se precisa de gestores, dijo Quintas aclarando que las gobernaciones no cuentan con mayores participaciones en el cobro, selección y registros de los beneficiarios. La Ley 3728/09 establece el pago de una pensión para adultos mayores en situación de pobreza, desde los 65 años. Según la normativa los beneficiarios recibirán pensión del Estado no menor a la cuarta parte del salario mínimo vigente: todo paraguayo natural, mayor de 65 años de edad, en situación de pobreza, residente en el territorio nacional. No podrán acogerse a los beneficios las personas que tengan deudas pendientes con el Estado; quienes reciban remuneración del sector público o privado, tales como sueldo, jubilación, pensión y/o seguro social.
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