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EPISODE · Apr 24, 2026 · 28 MIN

La jueza de la DANA exime a Mazón: No tenía competencias de coordinación en la emergencia

from Mañanas en Libertad con Luis del Pino

Mazón no era el responsable del mando: La jueza delimita las competencias de la DANA La investigación judicial sobre la gestión de la DANA en la Comunidad Valenciana ha arrojado un jarro de agua fría sobre quienes buscaban la imputación o la responsabilidad penal directa del expresidente Carlos Mazón. En un auto reciente, la jueza encargada del caso ha sido taxativa: el mando operativo no dependía del presidente de la Generalidad. 1. El fallo: Mazón, fuera de la cadena de mando La magistrada ha concluido que, según la normativa vigente, Mazón no ostentaba las competencias de coordinación ni de dirección durante el transcurso de la emergencia: El Plan Especial de Inundaciones: La responsabilidad de impartir instrucciones y coordinar a los efectivos recaía legalmente en los directores del Plan de Inundaciones de la Comunidad Valenciana, y no en la figura del presidente. Sin instrucciones operativas: Al no ser el mando director, el auto determina que no le correspondía a Mazón la ejecución de las decisiones técnicas que se tomaron (o dejaron de tomar) aquel fatídico día. 2. Revés para Compromís La resolución judicial también ha servido para frenar la estrategia de la acusación popular ejercida por Compromís: Testigos rechazados: La jueza ha desestimado la declaración de los consejeros José Antonio Rovira y Miguel Barrachina. Falta de relevancia: Para la jueza, estos testimonios no aportarían nada a la causa, ya que la coordinación entre consejerías durante la emergencia era una tarea técnica delegada en los responsables del plan, no una decisión política de pasillo. 3. Victoria judicial y oxígeno político Este auto supone el aval judicial más importante para Mazón desde que dejó la presidencia: Relato técnico vs. Político: Mientras que la crítica política se centró en su ausencia de la reunión del CECOPI, la justicia se ciñe a la ley para recordar que su presencia o ausencia no alteraba legalmente la cadena de mando operativa. El TSJCV ratifica: La decisión, difundida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, blinda jurídicamente al expresidente ante las querellas que buscaban su procesamiento por negligencia o prevaricación.

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