EPISODE · Sep 30, 2016 · 8 MIN
TEORIA DEL DERECHO. 02. Vida social y normas de conducta
from DERECHO
Existe una estrecha correlación entre: ser-hombre y vivir-en-sociedad. La sociedad es el ambiente o medio natural de la existencia humana. Es algo natural e inevitable y, por otra parte, un fenómeno artificial, al ser resultado de una decisión explícita y planificada de los hombres. Cada hombre es una síntesis antagónica de exigencias o necesidades de sociabilidad y de tendencias de insolidaridad individualista. La vida humana está profundamente vinculada a los mecanismos o actitudes que determinan la estructura y funcionamiento de la propia sociedad: unidad de acción, cooperación e integración. Unidad de acción o coincidencia de programa entre la mayoría de los miembros que integran el grupo, ya que la dispersión reinante dinamitaría los cimientos del sistema social. La participación común en todos los elementos fundamentales de la plataforma sobre la que se sustenta la vida social, exige una estrecha y constante cooperación. Esta constante cooperación hace que en todos los grupos sociales estables se dé, al menos en su grado mínimo, la integración que les es imprescindible para mantenerse. La conservación de la vida social exige que los individuos y grupos primarios que forman parte de los grupos sociales mayores, acepten y desarrollen conjuntamente unas formas básicamente coincidentes de pensar, valorar y actuar frente a las necesidades y objetivos fundamentales de la colectividad.
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